Rosario sin taxis adaptados para discapacitados
Una Ordenanza que desde 2010 está estancada hace que en la ciudad las personas con limitaciones para su movilidad tengan inconvenientes. La supuesta flota de taxis adaptados para su traslación nunca salió a las calles. Esta investigación devela el mal manejo de las autoridades a cargo.
Por Emanuel Bernad y Damián Espíndola
Claudio Halcovich tiene 38 años, se traslada en silla de ruedas (producto de una meningitis que hace ya varios años le afectó los huesos) y es integrante de la Asociación Sin Barreras de Rosario. Claudio confiesa: “En la calle cuando yo le hago seña a algún taxi, no para si me ve con la silla de ruedas, o doblan antes, o apagan el cartel y pasan de largo”. A pesar de esto, pudieron ver una luz de esperanza y decidieron emprender un proyecto en conjunto con Carlos Comi, en ese momento concejal del bloque A.R.I. Coalición Cívica. Tiempo después Comi asumiría como diputado nacional y lo pasaría a reemplazar Oscar Greppi, quien continuó trabajando en esto, con la idea de transformarlo en una realidad. De la mano de Sin Barreras, que se ocupó del apoyo logístico, Greppi fue modificando el proyecto. Pero por cuestiones ejecutivas fueron atravesando distintos obstáculos hasta que se estancó y, lamentablemente, hasta el día de hoy continúa la disparidad para las personas con discapacidad.
De la forma en que cualquier proyecto con apoyo avanza, este mismo se convirtió en la Ordenanza número 8.714 el 3 de diciembre del 2010, con la particularidad de que en esa fecha se celebra el Día internacional por los derechos de las personas con discapacidad. En primera instancia se determinaba la circulación de 50 unidades de transporte, con equipo de radio llamado y características técnicas especiales para personas con discapacidad y movilidad restringida, que llevarían el nombre de “Servicio Especial de Transporte Accesible”. Se pretendía que cada vehículo fuera cero kilómetro, contara con una rampa hidráulica y con el espacio necesario para que ingresara el pasajero en silla de ruedas y un acompañante. Además, las licencias para los vehículos se podrían otorgar a personas físicas o jurídicas que cumplieran los requisitos.
La prioridad en esta cuestión estaba dirigida a las personas discapacitadas que acreditaran tal condición mediante el certificado correspondiente. Tal vez, el punto más polémico era el establecido en el sexto artículo de dicha Ordenanza, que refería al precio de la tarifa. El esquema tarifario sería dispuesto por la Municipalidad para prestación del servicio de remises convencional, más un cincuenta por ciento del valor de la bajada de bandera y la ficha.
Casi dos años pasaron de la sanción de la Ordenanza y todo sigue igual, nada cambió. Los motivos son varios pero apuntan a lo mismo: una diferencia en el Departamento Ejecutivo hizo que esto se estancara. La principal oposición surge a raíz de la tarifa que se quiere establecer, ya que la Dirección Municipal para la Inclusión de Personas con Discapacidad considera que “es discriminatorio la existencia de un valor diferencial”. Viviana Marchetti, quien se encuentra a cargo de la entidad, confesó: “Yo no estoy de acuerdo con un artículo de la ordenanza que establece el tema de la tarifa. Yo creo que la tarifa no puede ser diferencial”.
Sin embargo, hace tiempo Clara García -cuando ocupaba el cargo de concejala y presidenta de la Comisión de Servicios Públicos del Concejo Municipal- que pertenece al oficialismo, al igual que Marchetti, confesó a un medio de la ciudad: “Creemos que el precio que se estableció es lo más acorde a las características del servicio”. Concluyendo esta postura sobre una tarifa diferencial, Lorena Lescano, integrante de la Comisión de Discapacidad de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, no titubeó en expresar su descontento: “El discapacitado tiene un certificado donde dice que la persona con discapacidad debería viajar de forma gratuita”. De todos modos, la Ordenanza 3.745, que establece los Derechos de los discapacitados respecto al transporte gratuito, hace referencia sólo al colectivo.
Ilegitimidad
En la página web de la Municipalidad se explica claramente qué son las Normativas y cómo rigen según su importancia, diferenciando Ordenanza, Decreto y Resolución. Ordenanza: Es el acto normativo a través del cual se expresa el Concejo Municipal en temas que revisten interés general y permanente para la población. Representa la norma de mayor jerarquía emanada de dicho Cuerpo Legislativo. En otro punto del texto explicativo, se expresa lo siguiente: “De acuerdo al art. 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas se consideran obligatorias diez días después de su publicación en la prensa local o por medio de folletos o carteles, a juicio del Departamento Ejecutivo Municipal”, y así fue pero sin su correcto funcionamiento. Distintos medios de la ciudad publicaron la Ordenanza inmediatamente, tal como lo hizo el medio elciudadanoweb el 4 de diciembre del año 2010 titulando “Habrá una flota de remises sólo para discapacitados”.
Sin embargo, está la otra posibilidad: que esa ordenanza exija ser modificada y a esto hay que sumarle una serie de cuestiones para que se dé, y seguir los puntos que indica la Ley Orgánica. Esto pasó, tal fue así que Marchetti mostró su descontento con lo establecido por el valor del transporte. Tal como lo establece dicha Ley, es atribución del intendente revisar los puntos de la ordenanza dictada que les parezca ilegales o que muestren inconvenientes al interés público.
Sin embargo, según el concejal oficialista Pablo Colono, la norma en vigencia no cuenta con la flota correspondiente para estar actualmente en funcionamiento, como consecuencia de que ninguna empresa privada se presentó al llamado de licitación, que continúa abierto a la espera de interesados. Mientras tanto, los discapacitados siguen sin poder utilizar el servicio público en la ciudad.
